En el caso Orlando Sierra Hernández
Lecciones
de prueba de la Sala Penal del Tribunal Superior de Manizales
El
Tribunal de Manizales, en segunda instancia, desvirtuó por completo las
hipótesis del juez que en primera instancia absolvió y dejó libre a Ferney
Tapasco González, ahora condenado.
Por: Especial de “La
Patria'' para El Espectador
Lecciones
de prueba de la Sala Penal del Tribunal Superior de Manizales
Ferney
Tapasco González, condenado a 36 años de prisión por el homicidio de Orlando
Sierra. || Orlando Sierra era subdirector de La Patria de Manizales cuando fue
asesinado. / Diario “La Patria”.
El nexo causal.
De eso hablan los abogados para poder conectar un crimen con el criminal. En
eso se fijó la Sala Penal del Tribunal Superior de Manizales en la sentencia en
la que condena al exdirector del Partido Liberal de Caldas Ferney Tapasco
González y concluir que merecía una condena de 36 años de prisión. “¿Existe un
móvil atendible que posibilite la vinculación del hoy acusado a la muerte de
Sierra Hernández? (…) La respuesta al interrogante formulado es afirmativa”, se
pregunta y se responde la sala de decisión.
Advierte
que es claro que había un resentimiento de Tapasco hacia Sierra por cuestionar
su poder, convirtiéndose tal situación en el primer eslabón serio en su contra.
El resentimiento generó algunos encuentros conflictivos entre ambos, primero
una agresión física confirmada por Ferney y luego una amenaza de muerte, que de
manera clara escuchó el médico y columnista Flavio Restrepo de los labios de
Sierra, amenazas de las que también tuvieron conocimiento compañeros de Orlando
en la redacción de La Patria.
“Entre
el móvil y las amenazas existe una conexión que permite ir edificando su
responsabilidad penal en el caso”, insiste el Tribunal. Y agrega: “Aquellos
indicios del móvil, unido a las amenazas provenientes de Tapasco”, lo ubican
como el determinador primigenio. En efecto, según la prueba recogida, se
advierte que varias fueron las reuniones que se celebraron para planear el
hecho; múltiples testigos se refirieron a ellas, comprometiendo al acusado.
Para
el Tribunal, el juez de primera instancia no valoró los medios de prueba en
forma conjunta, sino aislada, de modo tal que tenía que concluir que de uno u
otro medio probatorio tomado individualmente no obtenía la certeza acerca de la
responsabilidad de los procesados. La Patria presenta los principales
argumentos del Tribunal para desvirtuar el fallo que dictó el juez
especializado de Pereira el 24 de diciembre de 2013, en el que dejó libre a los
procesados.
A.
El
Tribunal le cree al médico Flavio Restrepo cuando dice que Orlando le dijo la
misma semana de su asesinato que se cuidara, que él estaba amenazado por Ferney
Tapasco. Aunque el juez de primera instancia calificó de mentiroso al médico y
columnista, el Tribunal señaló que es una prueba fiel para acreditar el indicio
de la amenaza, pues lo escuchó el testigo de boca de la propia víctima y no lo
dijo antes porque no se lo preguntaron.
B.
El
testimonio de Gustavo Adolfo López Aguirre, alias Alas, que dijo haber
escuchado a Luis Fernando Soto Zapata y a John Fredy Henao, los sicarios, que
Gabriel López Escobar fue la persona encargada de contactarlos. Alas debía
recibir el arma homicida de Henao. El juez lo desechó por considerarlo de
oídas, pero el Tribunal dice que no es así, pues escuchó de la fuente principal
-los ejecutores materiales de la acción-, ofreciendo información clara y
contundente de la manera como supo de ello. Además, coincide con la versión de
alias Tilín.
C.
Desestimó
el juez el testimonio de Luz Ángela Díaz, sobre que la munición utilizada era
de pistola 7.65, pero se usaría en un revólver calibre 22, para despistar a los
investigadores. Esto también lo señaló el testigo Néstor Iván Arboleda Franco.
Este testimonio también fue descartado en el fallo de primera instancia con el
argumento de que quería favorecer a Tilín, pero el Tribunal concluye que en
lugar de notarse tal intención, al final se nota coherencia y veracidad en las
afirmaciones.
D.
El
juez le restó credibilidad al testimonio de Carlos Arturo Molina, quien dijo
haber escuchado cuando Tapasco dio la orden de mandar a matar a Sierra
Hernández, porque la mamá del testigo lo desmintió. El Tribunal manifiesta que
en inspección a la oficina del exdiputado se verificó que sí era posible
escuchar desde el lugar que señaló Molina y porque el diálogo referido
(“necesito que me cuadre a ese H.P. de LA PATRIA, Orlando Sierra”) es similar
al que señaló Luis Eduardo Vélez Atehortúa a la revista Semana. El juez de
primera instancia desechó a este testigo por el interés que mostró por cobrar
la recompensa que se ofreció. “Tal interés no lo inhabilita para declarar en
juicio y tal posible beneficio no pugna con el deber legal y moral de decir la
verdad”. Agrega el Tribunal que hay coherencia y seriedad en el relato, lo
corroboran otras fuentes y en él involucró a Tilín como quien se encargaría de
planear, programar y ejecutar el hecho.
E.
El
juez degrada el testimonio que dio Luis Eduardo Vélez Atehortúa a la revista
Semana en el que señaló que escuchó a Ferney Tapasco hablar de su deseo de ver
muerto al periodista. Lo hace diciendo que es débil la versión porque no fue
bajo juramento y es un artículo de prensa, porque para la época de los hechos
no se acreditó que fuera escolta de los Tapasco y porque en esa fecha Dixon
Ferney se encontraba en La Dorada. El Tribunal dice que esas apreciaciones son
equivocadas. Que si bien no es un testimonio como lo prevén las normas procesales,
no por ello deja de ser prueba, mientras se respeten los derechos
fundamentales. Manifiesta que es un testimonio de primera mano, las expresiones
que dice que usó Tapasco son similares a las que refirió Carlos Arturo Molina;
el haber sido escolta de los Tapasco, tal como se probó en el expediente, y
además ratificó su versión el 16 de agosto de 2007 al declarar bajo juramento.
El que haya desacuerdo con la fecha en la que Dixon se encontraba en La Dorada
no desvirtúa que haya ocurrido, sino que se presentó otro día.
F.
El
juez de primera instancia descarta lo dicho por Néstor Iván Arboleda, por
supuestas contradicciones sustanciales, al señalar en una oportunidad que las
reuniones se dieron una semana antes del asesinato y en otro que 15 días antes
y en otra que un día antes. Que la descripción del homicidio dista de lo que
muestra el video y mintió al atribuirse la autoría material de varios
homicidios, y porque, según dictamen psiquiátrico, es proclive a la mentira. La
Sala dice que la credibilidad del testimonio de una persona que entrega varias
versiones no radica en la exactitud de todo su contenido, sino que éste
converja en aspectos sustanciales; y en este caso siempre habló de tres
reuniones para preparar el crimen. Sobre su testimonio que no concuerda con lo
registrado por el video en el que el sicario ataca a Orlando, advierte la Sala
que la cámara estaba a prueba y las imágenes de la acción se encontraban fijas,
no cobijaba la filmación de todo el entorno. Que tenga propensión a mentir no
lleva a inferir que siempre y en todos los casos mienta, porque habrá eventos
en los que diga la verdad. En este caso las reuniones que menciona sí se
efectuaron, pues otros testigos lo corroboran.
G.
El
testimonio de Tilín fue desvirtuado por el juez de primera instancia como de
oídas, a pesar de tratarse de alguien condenado por este crimen como coautor.
El Tribunal dice que es un testigo directo de “un hecho que percibió y conoció
a tal punto que conformó un engranaje casi perfecto para su ejecución, pues a partir
de allí empezó a planear, seleccionar y ordenar la muerte de Sierra”. Para la
Sala no cabe duda de que Tilín fungió como la cabeza que dirigió a un grupo de
personas que se encargarían de todo el andamiaje necesario para cumplir el
objetivo. “Fue el hombre que recibió la orden de Tapasco de ejecutar el
homicidio (…). Estuvo en la oficina de Ferney Tapasco; se presentó a la
prendería de Alonso Giraldo a recibir el dinero como pago de dicha actividad y
presidió reuniones en bares y cantinas de su propiedad con todas las personas
que de una u otra forma participarían en el hecho...”.
H.
“Si
la víctima le contó al médico Flavio Restrepo que iba a ser asesinado por
Ferney Tapasco, si Luis Eduardo Vélez Atehortúa y Carlos Arturo Molina
escucharon conversaciones en las que Ferney Tapasco daba órdenes de asesinarlo,
si Gustavo Adolfo López Aguirre adujo enterarse que las personas que estaban
contactando los sicarios para la muerte del periodista venían encomendados por
un político; si Néstor Iván Arboleda Franco da cuenta de unas reuniones que se
presentaron en la galería entre Tabares Hernández (Tilín) y el acusado para
tratar el multicitado caso; si el propio Tilín, que fue el encargado de planear
y programar el método que se utilizaría para dicha muerte, señaló a Ferney
Tapasco como la persona de la que provino la orden; y si todos estos
testimonios se corroboran en armoniosa cadena entre sí, en cuanto a lo que les
consta, no queda duda de que Tapasco González fue el determinador y, por lo
tanto, deberá responder como tal por la conducta punible”.
I.
Sobre
la responsabilidad penal de Jorge Hernando y Fabio López Escobar, dice el
Tribunal que ellos sí participaron en la muerte de Sierra Hernández, fueron los
encargados, con otros dos hermanos, Gabriel y Óscar, de ofertar a los sicarios
de la galería al mando de Tilín, la ejecución del atentado, “de manera obvia
por disposición de su inductor, el señor Francisco Ferney Tapasco”. Remarca la
decisión de segunda instancia la columna que contra Jorge Hernando López
Escobar publicó Orlando Sierra por los autopréstamos en la Asamblea
Departamental.
El
prontuario de Ferney Tapasco
18
de marzo de 1978. El Juzgado Penal de Riosucio lo condenó a un año de prisión
por concusión, por cobrarle a una mujer, cuando él era alcalde de Supía, para
tramitarle la libreta militar de su hijo.
24
de junio de 1994. El mismo juzgado lo condenó a 26 meses de prisión por falsa
denuncia y por encubrir el homicidio del profesor Orlando de Jesús Salazar. El
asesino fue Héctor Fabio Rosero, quien huyó en un vehículo de la Asamblea de
Caldas, asignado a Tapasco.
31
de mayo de 1995. A la condena anterior le rebajaron un año de prisión. Sólo
quedó condenado por encubrimiento.
20
de marzo de 1998. El Tribunal de lo Contencioso de Caldas declaró nula la
elección de diputado de Ferney Tapasco por estar inhabilitado para ejercer
dicho cargo, ya que sobre él pesaba una condena.
1998.
Encuelló a Orlando Sierra y le quebró sus gafas, tal como lo reconoció después
en el proceso por el asesinato del subdirector de “La Patria”.
15
de julio de 2011. Lo condenaron a cinco años de prisión por vínculos con el
paramilitarismo, el mismo delito por el que condenaron a su hijo, el
exrepresentante a la Cámara por Caldas Dixon Ferney Tapasco. A ambos los
sentenciaron por asistir a una reunión en la vereda El Tambor, de La Merced
(Caldas), a la que asistió el líder paramilitar Ernesto Báez y en la que se
definieron apoyos para la lista del Partido Liberal a la Cámara de
Representantes.
24
de diciembre de 2013. El juez especializado de Pereira lo absolvió por el
homicidio de Sierra.
24
de junio de 2015. Condenado a 36 años de prisión por el Tribunal Superior de
Manizales, por el delito de determinador del homicidio del subdirector de “La
Patria”, Orlando Sierra Hernández, asesinado en 2002.
***
Cronología
del proceso
2002
Enero
29
A
la 1:49 p.m. Luis Fernando Soto le disparó en la cabeza a Orlando Sierra.
Minutos después la Policía lo capturó. En la noche, el DAS capturó a Luis Arley
Ortiz, alias “Pereque”, señalado por Soto como el encargado de pagarle por el
crimen.
2002
Febrero
1°
A
las 8:35 p.m. falleció Orlando Sierra en el Hospital de Caldas. Una semana
después dictaron medida de aseguramiento contra el sicario, pero dejaron en
libertad a alias “Pereque”.
2002
Marzo,
abril, mayo y junio
En
marzo cayó el jefe de sicarios Luis Miguel Tabares, alias “Tilin”, por su
participación en el crimen. En abril, el sicario confesó que mató a Sierra,
pero al confundirlo con un agricultor que había matado a un primo. Lo condenan
a 19 años de prisión.
2004
Julio
Se
dictó resolución de acusación contra “Tilín” y “Pereque”. La Fiscalía reasignó
el caso, que estaba en una Fiscalía de Bogotá, a un fiscal especializado de
Manizales.
2005
Mayo
Un
año después de haber dictado resolución de acusación en contra de alias “Tilín”
y alias “Pereque”, un juzgado de Manizales los condenó a pagar 28 años de prisión, como coautores del
crimen.
2006
Septiembre
Este
año el proceso de nuevo lo reasignaron a una fiscalía en Bogotá. El fiscal
general llamó a Ferney Tapasco a rendir versión libre. Ese mismo mes Tapasco
compareció ante el fiscal de la Unidad de Derechos Humanos.
2007
Agosto
y septiembre
El Tribunal de Manizales ratificó la condena
contra “Tilín” y “Pereque”. Luis Fernando Soto, sicario que asesinó a Sierra,
salió de la cárcel. Pagó sólo cinco años y ocho meses de prisión, a quien
abatió la Policía en junio de 2008 en Cali.
2010
Marzo
Capturan
a Ferney Tapasco, por sus vínculos con las Auc de Caldas. En octubre, lo
vincularon formalmente mediante indagatoria por el crimen de Orlando Sierra.
2011
Marzo
y junio
Dictan
medida de aseguramiento contra Ferney Tapasco y su hijo por su presunta
responsabilidad en el asesinato de Orlando Sierra. Luego condenan a Ferney
Tapasco por nexos con las Auc.
2012
Septiembre
Inició
el juicio contra Ferney Tapasco.
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Patria Tribunal de Manizales
TOMAdo de elespectador.com. JUDICIAL 27 JUN 2015 - 9:00 PM
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