CARLOS GAVIRIA DIAZ, FERVIENTE DEFENSOR DE LA FILOSOFIA LIBERAL
Leonardo García Jaramillo
Departamento de Gobierno y Por Ciencias Políticas, Universidad EAFIT
“¡Ha muerto el gran magistrado colombiano!”. La noticia llegó a Curitiba hoy
en la mañana y silenció con duelo una discusión constitucional entre juristas
brasileros y colombianos. Ello refleja la dimensión del impacto que, como
jurista y magistrado, tuvo Carlos Gaviria Díaz (1937-2015), más allá de los
círculos jurídicos nacionales.
El que hoy se reconozca a nuestra jurisprudencia constitucional como pionera
en temas como justiciabilidad de derechos sociales y protección a minorías
sociales se debe, en parte fundamental, a su erudición jurídica y a la
envergadura intelectual de sus juicios. Las sentencias de las que fue ponente
sentaron sólidos criterios que fundaron los precedentes por los que se admira el
trabajo que, en la reducción de la disociación entre la normativa garantista y
la realidad signada por la desigualdad, y aun por la discriminación en muchos
ámbitos, ha realizado la Corte Constitucional.
La densidad normativa material de la Constitución tiene hoy la dimensión que
se le reconoce en muchos países del mundo que optaron por el constitucionalismo
como modelo de organización jurídico-política, gracias a la contribución de
magistrados que, como Gaviria, realizaron en la primera conformación, con siete
magistrados, que tuvo la Corte luego de proclamada la Constitución de 1991, y
luego en su periodo como magistrado durante ocho años.
No fue, como los intelectuales de su generación, un autor prolijo. De hecho,
hasta poco antes de su publicación, tuvo reticencia en la edición del libro
Sentencias: herejías constitucionales. Recuerdo, siendo aún estudiante
de pregrado, una conversación con él y Carlos Enrique Ruiz minutos antes de la
presentación del libro. Sentía que inmerecidamente iba a recibir méritos por la
difusión bajo su rúbrica de sentencias adoptadas por la Corte. Su honestidad
como persona e intelectual se reflejaba en muchos aspectos de su
personalidad.
Como genuino intelectual público, fue un faro en momentos convulsos de la
realidad nacional. El trabajo de realizar sin precedentes la normativa
constitucional en el contexto de una sociedad que recién salía del
confesionalismo le exigió tomar un papel que trascendió las barandas del
tribunal. Era común verlo en los medios explicando una sentencia compleja, y
nunca abandonó su papel docente y académico.
Sus aptitudes como maestro se reflejaron también fuera de las aulas, donde
estuvo por cerca de 35 años en la Universidad de Antioquia, y luego en numerosos
programas de posgrado en todo el país. Quizá por el amplio reconocimiento de sus
calidades pedagógicas, se sintió llamado a ocupar un lugar de prestancia en la
política, luego de su paso por la Corte. Senador y candidato presidencial, fue
hasta el último momento ferviente defensor de la filosofía liberal.
Su incansable deseo de promover las que consideraba mejores concepciones del
ejercicio de la autonomía individual, el libre desarrollo de la personalidad y
la dignidad lo llevó a defender, al interior de la Corte, y luego a exponer ante
la opinión pública, los argumentos que sustentaron sus conocidas posiciones a
favor de la eutanasia, el aborto, la dosis personal de droga, la separación
iglesia-Estado y los derechos para minorías, como los indígenas y los
homosexuales.
Pero los argumentos a favor de las más prístinas concepciones de la libertad
y la dignidad humana, que esgrimió en sustento de las ratio de sus
sentencias, fundaron, más que nuevas líneas jurisprudenciales, una nueva forma
de pensar acerca del reconocimiento, el sentido de lo público y el ejercicio de
la libertad ante el respeto por la diferencia. En una ocasión, recordó una
entrevista a Ronald Dworkin cuando hablaba acerca del relativismo en la toma de
posturas políticas. Aún conservo el fragmento que busqué luego de la referencia
del maestro. Decía Dworkin: “Odio cuando la gente dice: ‘Está bien que los
homosexuales contraigan matrimonio, pero esa solo es mi opinión’. Usted no puede
pensar que solo es su opinión, o si no, no la sostendría. Imagine a un juez que
acaba de sentenciar a alguien a cadena perpetua diciendo: ‘otros jueces podrían
haberlo considerado de otra forma y tienen el derecho a tener sus propias
opiniones’. ¿Quién podría decir tal cosa de forma razonable?”.
Pensador de izquierda, concebía a la igualdad material como un presupuesto
del ejercicio de la libertad, sobre todo al interior de sociedades
aberrantemente desiguales como la colombiana. Intelectual riguroso, pero claro
en sus sentencias e intervenciones públicas. En sus clases y conferencias no
llevaba casi nunca el texto escrito, si acaso unas notas. Pero quienes tuvimos
el placer de escucharlo siempre reconocimos en sus intervenciones el rigor y el
hecho de que la verdadera profundidad filosófica se resuelve en la claridad.
Se le recordará como un librepensador, en el sentido que lo definió
recientemente Freddy Téllez: “El librepensador es un hombre con la conciencia
alerta que lucha con los problemas de su tiempo. Es un pensador por fuera de
corrientes y doctrinas, en la medida de lo posible, consciente de no poseer la
verdad todopoderosa y discriminante; constructor de una verdad minúscula en
confrontación constante con la realidad, siempre en movimiento” (Pequeño
tratado del librepensador, Bogotá, Sílaba, 2015).
Otra de las virtudes del liberalismo que reivindicó en sus sentencias y en su
vida pública y privada, fue la tolerancia. Recuerdo la última ocasión cuando
coincidí con el maestro Gaviria, en Bucaramanga, durante la campaña al senado de
Rodolfo Arango. Con finura y buen humor, recordó que cuando empezó la discusión
constitucional por la discriminación por razones de orientación sexual, una de
las primeras objeciones que tuvo que sortear ante su consabida posición no fue
por el sentido de sus argumentos. Un periodista le preguntó al final de una
entrevista: “Entonces usted también es gay, ¿no, doctor?”. La incomodidad por un
juicio personal y una implícita indicación de que su posición a favor de la
igualdad en materia sexual era autointeresada fue más bien respondida así: “No
hombre, y créame que tampoco he fumado nunca marihuana”.
Información adicional
Conozca las sentencias de constitucionalidad que proyectó Carlos
Gaviria Díaz
Varias decisiones proyectadas por el fallecido jurista, en el periodo 1993 -
2001, fueron la base de la transformación de ciertas políticas públicas, como
sucedió con la despenalización del homicidio por piedad (Sentencia C-239/97) y
la del consumo de la dosis mínima de droga, que estaba sancionada por los
artículos 51 y 87 de la Ley 30 de 1986, declarados inexequibles en la Sentencia
C-221/94. Otros aportes destacados en su paso por el alto tribunal son las
limitaciones impuestas a los estados de excepción (Sentencia C-179/94) y la
inconstitucionalidad de la reglamentación al ejercicio del periodismo, pues
consideró que no podía limitarse el acceso a este oficio a quienes no fueran
comunicadores (Sentencia C-087/98).
Frente al derecho a la igualdad y el principio de prohibición de la
discriminación, cabe recordar que Gaviria proyectó el retiro del ordenamiento de
una norma del Código Civil que anulaba el matrimonio de “la mujer adúltera con
su cómplice”, pero que no hacía lo propio con el hombre que incurriera en la
misma conducta (Sentencia C-082/99).
Gaviria tampoco fue partidario de la detención de conductores en estado de
embriaguez, pues fue el autor del fallo que declaró inconstitucionales las
normas que permitían el arresto, inclusive si el estado de alicoramiento no
generaba delito (Sentencia C-189/99).
Además, fue ponente de la inexequibilidad del artículo 4º (parcial) del
Decreto 2265 de 1991, que eliminaba, en el marco de un estado de excepción, el
beneficio de no extradición como mecanismo premial de colaboración con la
justicia (Sentencia C-092/98).
En el documento
adjunto encontrará la lista con todas las sentencias proferidas por
el exmagistrado, fallecido este martes a los 77 años.

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